PAGO POR VEP DE OBLIGACIONES ADUANERAS – A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO

A partir del 1 de Agosto se establece la utilización obligatoria del Volante Electrónico de Pagos (VEP) para:

a) Cancelar obligaciones tributarias aduaneras correspondientes a operaciones de importación y de exportación sin plazo de espera para su pago, así como para el resto de las liquidaciones aduaneras.

b) Pagar garantías ejecutadas.

c) Efectuar depósitos en efectivo destinados a garantizar operaciones aduaneras.

El asegurador o garante para generar el VEP a fin de abonar los importes garantizados, deberá seleccionar como “Tipo de Pago” la opción “Pago de Garantes a Garantías Ejecutadas (F. 3013)”.

Si desea conocer los pasos para utilizar el Volante Electrónico de Pagos, ingrese Aquí.

Más información: Resolución General N° 3134 (AFIP)

Fuentes:

AFIP

Centro de Despachantes de Aduana (http://www.cda.org.ar)